15 de diciembre de 2016

Ley para prohibir el Fracking. Presentación de Uruguay Libre en Diputados



(Sesión del día 14 de diciembre de 2016)
SEÑOR PRESIDENTE (Julio Battistoni).- Habiendo número, está abierta la sesión.
            (Es la hora 9 y 30)
(Ingresa a Sala una delegación de Movimiento Uruguay Libre)
––––La Comisión de Industria, Energía y Minería tiene mucho gusto en recibir a una delegación de Movimiento Uruguay Libre, integrada por la señora Ana Filippini, el señor Hernán Taró y el señor Raúl Viñas, que concurre a brindar insumos acerca del fracking, motivada por la presentación de algunos proyectos de ley.
            Nos excusamos por la demora en recibirlos, pero hemos tenido algunos problemas de funcionamiento.
SEÑOR VIÑAS (Raúl).- Lo que nos trae hoy son los proyectos de ley de fracking que se están tratando en la Comisión y en el Parlamento. En la última sesión de este año de la Comisión queremos hacer una presentación en cuanto a cómo se ha tratado el tema en las diferentes etapas que ha tenido.
            Lo primero a destacar es que no se ha presentado ningún caso en el cual el fracking no haya generado problemas. Eso deja en claro que no es una tecnología muy segura.
            Vayamos a por qué pensamos que tenemos que prohibir el fracking en el Uruguay. Para eso tenemos que ver cómo comenzó el tema del petróleo en nuestro país. En esta imagen vemos claramente lo que fue el comienzo del asunto petrolero en nuestro país. La información de la Agencia de Información de Energía de Estados Unidos marca al norte de nuestro país como una zona en la cual podría haber hidrocarburos no convencionales. Si hacemos un acercamiento a la zona vemos cómo la parte norte de nuestro país está incluida. Esto dio como resultado un informe del Servicio Geológico de los Estados Unidos que fue muy publicitado, utilizando inclusive datos de Ancap. En ese informe se hablaba de las zonas en las que se podría concentrar gas natural y petróleo del tipo no convencional en nuestro país.

           Reitero lo de no convencional. Ninguna de las informaciones que aparecieron desde los Estados Unidos hablaba de petróleo convencional en nuestro país. El no convencional implica la utilización del fracking. En la comparación entre el mapa del Servicio Geológico de los Estados Unidos y las zonas que se licitaron en nuestro país para la exploración petrolera ‑declaradas como posibles de obtener hidrocarburos no convencionales, que necesitan fracking para ser extraídos‑ vemos una clara coincidencia.
            Complementando esto, hubo presentaciones de técnicos de Ancap. Por ejemplo, Héctor de Santa Ana, gerente de Exploración y Producción de Ancap, dio un título que tenemos a la vista: "Oportunidades de negocios en hidrocarburos no convencionales en el país". Hasta que se pensó en prohibir el fracking, siempre se habló de que los hidrocarburos en nuestro país eran no convencionales. Ante esto vemos la coincidencia entre la zona de posible existencia de petróleo e hidrocarburos no convencionales y la zona afectada por el acuífero guaraní, razón de más para protegerlo.
            En el país ya se hicieron algunas cosas. Hubo iniciativas departamentales en Artigas, Salto, Paysandú, Tacuarembó y Rocha que prohíben a nivel departamental el fracking, utilizando para ello los medios que les da la Ley Nº 18.308 de ordenamiento territorial, y específicamente establecen la protección del ambiente.
            ¿Qué nos faltaría en el marco legal? Que se apruebe lo que está a estudio: la ley a nivel nacional prohibiendo el fracking. Hay que tener en cuenta que la prohibición siempre puede ser levantada en caso de que apareciera algún cambio en la tecnología. Así como se establece una ley que lo prohíbe, si apareciera un cambio, seguramente el Parlamento tendrá la oportunidad de volver a tratar el tema y, si es necesario, de autorizarlo.
            En las diferentes reuniones de la Comisión se ha analizado la posibilidad de establecer una moratoria. La moratoria es una prohibición con plazo, con la diferencia de que en lugar de tratar el tema en el momento en que la tecnología dé un vuelco y sea amigable o segura, nos obliga a tratarlo en un momento determinado. Con esto se abre un espacio que da lugar a presiones empresariales de multinacionales petroleras, que seguramente sean difíciles de sobrellevar para un país como el nuestro.
            Reitero que no se han presentado casos en los que no haya habido problemas ambientales.
SEÑOR TARÓ (Hernán).- Queremos hacer algunos comentarios apoyándonos en los que han realizado los académicos que han visitado esta Comisión.
            En la anterior sesión en la que participamos nos cuestionamos para qué explotar los hidrocarburos. La realidad global, los compromisos asumidos por los ciudadanos responsables de este planeta y el cambio que ya ha tomado nuestro país en temas energéticos deberían ser razones suficientes para no gastar ni un minuto más en esta polémica.
            Sabemos que prescindir de los hidrocarburos no es lo más grave del capítulo fracking en Uruguay. Nuestra mayor preocupación, lo que no admite la menor discusión, es que el agua es un recurso vital, preciado, escaso; es preocupación de todos los estamentos y objeto de políticas públicas. No admite la menor discusión que el recurso agua, por decir lo menos, corre riesgo si no se prohíbe la utilización del fracking. Nos remitimos a lo que ha comentado aquí la Sociedad Uruguaya de Geología, que define claramente ‑lo que veíamos en el plano; ellos también usaron una imagen‑ que cualquier pozo que se quisiera hacer para llegar a una roca u otras, necesariamente tiene que atravesar el Acuífero Guaraní. Primer punto de aclaración, al cual nos remitimos.

            En nuestra visita a esta Comisión expresábamos a título de comentario que habíamos leído sobre la sismicidad inducida que provoca el fracking. La doctora Leda Sánchez, autoridad académica en el tema geología, confirma en su intervención en este ámbito, el efecto de sismicidad inducida. Otro académico de la Sociedad Uruguaya de Geología, Claudio Gaucher, junto con el doctor Mauricio Montaño, afirman que otro de los puntos es la sismicidad inducida. Decían que en Estados como Oklahoma y Kansas pasaron dos cosas muy interesantes. Desde que comenzó la fracturación hidráulica aumentaron en un 50% los sismos. Por otro lado, se registraron los sismos más grandes de la historia: en Oklahoma, de 5,7, y en Kansas, de 4,9 de la Escala Richter. Si bien, decían, no son sismos enormes, no son muy importantes, se puede decir que en la comunidad científica actualmente hay consenso de que en estos casos se trata de sismos inducidos. No cabe la más mínima duda del riesgo que estaremos corriendo si se aplica esta práctica en el ámbito ya definido.
            Los académicos de la Sociedad de Geología comentaron, describiendo la técnica y el uso del agua en el fracking, que parte de los químicos inyectados pueden volver como reflujo junto con elementos de la roca fracturada.

            Los representantes de la Asociación de Licenciados en Geología del Uruguay, ALGU, expresaron que el 99,5% del líquido utilizado para el fracking es agua y que el 0,5% restante son mezcla de productos químicos. La Sociedad Uruguaya de Geología afirma que esos químicos son del orden del 0,5% al 2%. Estaríamos eventualmente cuadriplicando la dosificación. Se trata de un cóctel de químicos como ácido clorhídrico, sal, metano, etanol, y otras sustancias muy complicadas como el benceno, el naftaleno, la poliacrilamida, el butoxietanol, productos cancerígenos y algunos muy difíciles de quitar del ambiente una vez que se derraman.
            Ahora les vamos a demostrar con una prueba sencilla, de preparatorio o de tercero de liceo, qué pasa cuando, a esa agua clara y cristalina, se le agrega solo el 0,5% de un químico. Tal vez lo hayan hecho en el liceo; lo trajimos para recordarlo. Estamos hablando del 0,5%, que eventualmente sería el mínimo que usaría la tecnología del fracking, que es diez veces mayor que la carga máxima de contaminantes aceptada en el Código de Aguas. Estaríamos cometiendo una infracción diez veces superior a la que permiten las actuales reglamentaciones.
            Reafirmando todos estos antecedentes y, en esta oportunidad, certificados por los académicos que han visitado esta Comisión, diremos lo siguiente. Ante lo obvio, hay dos opciones: sacralizar la tecnología y la capacidad de fiscalización del Estado o tener un mínimo sentido común y no arriesgar lo que es una certeza, un recurso comprobado ‑que debemos proteger‑, como el agua.
SEÑORA FILIPPINI (Ana).- Quiero recalcar el derecho que tenemos las personas al ambiente saludable. En estos días la sociedad uruguaya ha tomado conciencia de que todas las personas tenemos derecho a un ambiente sano y al agua, algo que en generaciones pasadas y en décadas pasadas era bastante más difícil de asumir. Se ha tomado conciencia de esto en todos los países. Hoy en día se habla de los derechos de tercera generación, que es una forma complicada de nombrar a lo que también se denomina los derechos de los pueblos. Los derechos de los pueblos son fundamentales e incluyen el ambiente, la paz, la relación de las personas y los derechos de las personas a tener un ambiente sano y a tener agua. Eso que hoy parece algo muy natural, ha costado décadas tenerlo en la legislación.
            Este es un país agrícola-ganadero que debe la mayor parte de sus ingresos a esa actividad y al turismo. En la zona donde se piensa llevar a cabo fracking existe gran cantidad de agua y se depende de ella. Lo hemos mencionado aquí pero conviene recordarlo: la ministra de Turismo ha dicho que gran parte de los ingresos del país proviene de la zona de Salto y de Paysandú, donde el recurso agua es fundamental para que ingrese ese dinero. Esto no solamente importa por el ingreso de dinero; debemos pensar en la preservación del ambiente y la gran mayoría de las personas de esos departamentos y de la sociedad así se han manifestado.
            Hoy en día los ciudadanos tenemos conciencia de que esos bienes son fundamentales para el futuro y es necesario que los legisladores la tengan para poder legislar en consecuencia. La legislación uruguaya nos permite hacer ese tipo de cosas porque ya está previsto que los bienes importantes, que están en el ambiente y en el agua, deben ser preservados. Existe una declaración de interés general que, a través de la Constitución, brinda la posibilidad de llevar a cabo este tipo de medidas de prohibición de una tecnología que los va a afectar. Es totalmente posible, es constitucional, es legal y es una obligación de los legisladores legislar para que se cuiden y se protejan el ambiente y el agua. Están todas las herramientas dadas en la Constitución y en las leyes que ya se han adoptado.
            Por ejemplo, la Ley N° 17.283 marca punto a punto todas las definiciones que hay sobre la protección del ambiente y, fundamentalmente, todas las que los legisladores y las legisladoras deben tener en cuenta a la hora de legislar. Por eso solicitamos que, de acuerdo con esta conciencia ciudadana y con este poder que tiene la ciudadanía de reclamar por la protección de los bienes comunes, se promulgue una ley de prohibición de fracking.
            Hoy, una ley de prohibición de fracking nos aseguraría no tener un conflicto con la sociedad, no tener un conflicto local, no generar expectativas en las empresas. Lo han manifestado juristas internacionales: antes de que las empresas hagan las propuestas hay que ponerles el marco legal adecuado para que no surjan conflictos. O sea, la única medida que en este momento en el Uruguay pueden tomar los legisladores y las legisladoras es prohibir esta tecnología para que no se utilice mientras no exista la posibilidad de desarrollarla sin tener los impactos negativos ya comprobados. Hay cantidad de ejemplos en el mundo del impacto que tiene; existen estudios ‑como los que nosotros ya presentamos‑ realizados en el Estado de Nueva York por parte de científicos y médicos preocupados por el ambiente, que llevaron a que en ese lugar se prohibiera el fracking. Hay países que han prohibido el fracking y a nivel nacional ya hay intendencias que lo han prohibido habilitadas por la ley de ordenamiento territorial, porque a nivel nacional es el Estado, es el Parlamento, son los legisladores los que deben velar por el ambiente; o sea que es nada más que escuchar a los ciudadanos.
            Para terminar, voy a repetir lo que dijo el señor presidente Tabaré Vázquez en la Argentina: la política hoy debe ser de y para los ciudadanos. Tenemos que escuchar lo que manifestó el presidente Vázquez sobre el fracking: que no se realizará en Uruguay. La señora ministra de Industria, Energía y Minería lo apoyó y actualmente también tiene en la mira esta política de y para los ciudadanos.
            Muchas gracias por este tiempo.


SEÑOR PRESIDENTE.- La Comisión de Industria, Energía y Minería les agradece su presencia y les solicita si le pueden dejar las presentaciones.
(Se retira de sala la delegación del Movimiento Uruguay Libre)

8 de diciembre de 2016

ZONAS FRANCAS, el dedo en la llaga.

Nuestro país ha tenido zonas francas desde hace casi 100 años.

Igualmente, la herramienta de las zonas francas en el mundo es mucho mas antigua y podemos rastrearla en diferentes formas incluso al imperio romano, a algunas ciudades y enclaves en la edad media, y más cerca en el tiempo a numerosos ejemplos especialmente en el imperio británico como Singapur, Gibraltar y Hong Kong.
En el Siglo XX aparecen las primeras zonas francas que incorporan  industrialización, las que en algunos casos como Irlanda, Corea del Sur y Taiwán sirvieron como disparadores de procesos industriales a nivel nacional en base a la incorporación de inversiones y tecnología.

El establecimiento de zonas francas se ha disparado en los últimos años. A nivel mundial eran  menos de 80 en 1975. Hoy hay más de 2500 de ellas, 179 en los Estados Unidos.

A nivel del Mercosur Brasil tiene 22, Argentina 10, Paraguay 2 y Uruguay 11.

En nuestro país las primeras zonas francas se crearon en el marco de la Ley 7593 de 1923, y lo fueron con el propósito manifiesto de desarrollar polos industriales fuera de Montevideo. Son de este primer impulso las zonas francas de Colonia y Nueva Palmira. La legislación que regula a las zonas francas se reformuló en 1987 con la ley 15921 y su decreto reglamentario de 1988.

De acuerdo con el Código Aduanero de la Ley 19276 promulgada en setiembre de 2014, las mercaderías que ingresan desde nuestro país a las zonas francas son exportaciones y si se ingresa al territorio nacional mercadería desde una zona franca, estas son a todos los efectos importaciones.

De manera similar, los intercambios de mercaderías hacia los países del Mercosur desde las zonas francas, son considerados de extrazona y sujetos al pago del arancel externo común. Eso salvo para el caso de mercaderías originarias de los países del bloque y cuyo pasaje por la zona franca no altere su denominación arancelaria, o sea que solo implique temas logísticos.

Queda así definido el régimen y claramente no es correcto considerar a las ventas de mercaderías desde una zona franca de Uruguay hacia otros países como exportaciones uruguayas. Esto es demostrable por el absurdo si consideramos que la compra de algún producto de zona franca por parte de una empresa uruguaya configura una importación y no podría ser simultáneamente una exportación de Uruguay hacia Uruguay.

Las zonas francas en nuestro país se pueden clasificar en industriales, comerciales y de logística, de servicios, y mixtas.  Considerando los datos de 2015, los diferentes tipos de zonas francas presentan impactos muy disimiles en términos de empleo generado, compras al Uruguay y valor de sus ventas al exterior.

En términos de empleo, más del 50% de los casi 14000 puestos de trabajo corresponden a “Zonamérica” que es del tipo mixto y si agregamos las zonas francas de servicios de “Aguada Park” y “WTC free zone” se definen el 75% de los empleos generados por las zonas francas en Uruguay.

Las zonas francas industriales de UPM en Fray bentos y Montes del Plata en Punta Pereira solo emplean en conjunto algo menos del 10% (1.373 empleos) y el resto, unos 2.000 empleos, se distribuye en las otras 6 zonas francas.

Si consideramos los niveles exportaciones de bienes desde el territorio nacional a las zonas francas, de acuerdo a informes de Uruguay XXI disponibles en su web, las exportaciones a las zonas suman 1470 millones de dólares y la principal compradora es la zona de Nueva Palmira, destino de más de la mitad de esas exportaciones.

Las zonas francas industriales celulósicas de UPM y Montes del Plata compraron al Uruguay en 2015, 589 millones de dólares, 40% del total. De ellos 570 millones fueron por compras de madera y de los restantes 19 millones, 10 fueron de Fuel Oil comprado a ANCAP y solo 9 de otros productos o insumos producidos en Uruguay.
 
Analizando las ventas desde las zonas francas al exterior, siempre de acuerdo a los informes de Uruguay XXI, esas ventas suman más de 2.700 millones de dólares lo que indica incremento por sobre las compras realizadas en Uruguay de 1230 millones de dólares de los que 550 son de la zona industrial de Colonia (Pepsico) y  650 de las plantas de celulosa.

Para conocer el nivel de ganancia y el volumen de valor agregado de los procesos industriales de esas zonas sería necesario conocer el valor de las compras de esas zonas en otros orígenes, lo que no es posible porque esas compras no ingresan al territorio aduanero y así no se registran en la aduana. Por otra parte sería un ejercicio inconducente porque esas empresas no pagan impuestos sobre sus rentas.

Asimismo, los datos disponibles en Uruguay XXI y en la Dirección Nacional de Aduanas no incluyen las ventas de electricidad a UTE que se hacen desde las zonas francas celulósicas, las  que seguramente incrementan su rentabilidad, en especial porque tampoco pagan impuestos sobre esas ventas.

Todo lo anterior hace un poco difícil justificar la inclusión de las ventas de las zonas francas como exportaciones de Uruguay, tal como aparecen generalmente, incluso en declaraciones oficiales donde a menudo se incluye la venta de pasta de celulosa por parte de UPM y Montes del Plata como el segundo renglón en importancia entre las “exportaciones “ de Uruguay solo por debajo de la carne bovina.

Eso igualmente no descalifica al mecanismo de zonas francas como una herramienta para incentivar la inversión y la utilización de mano de obra nacional como dice la ley de zonas francas de 1987.

Ciertamente ese ha sido el caso de algunos países, donde el establecimiento de zonas francas ha llevado nuevas actividades como el mantenimiento aeronáutico a Irlanda o repuestos automotrices a Malasia. Tal sería el caso en Uruguay de algunos emprendimientos en el área de servicios e incluso del emprendimiento de Pepsico en Colonia excepto porque  desde su establecimiento este último no ha tenido ningún efecto multiplicador y solo compra de Uruguay menos del 5% del valor declarado de sus ventas.

Caso aparte es el uso de la herramienta de las zonas francas para el procesamiento sin ganancias para el país de rubros en que el Uruguay tiene ventajas naturales como es la producción de algunos alimentos y en los últimos años de la mayor parte de la producción forestal.
Específicamente el establecimiento de la base forestal que tanto enorgullece a algunos y por la cual se autoasigna crédito todo el sistema político, costó a nuestro país mucho dinero en subsidios y mucho más en renuncias fiscales. Eso sin entrar en la discusión sobre la pérdida de puestos de trabajo, degradación de los recursos hídricos y otros costos sociales y ambientales que se asocian con los monocultivos de árboles.

Así, procesar esos productos en régimen de zonas francas priva al país de la posibilidad de recuperar esos costos en la  forma de los impuestos que esa actividad pagaría de realizarse en el régimen normal. Un “argumento” para justificar la asignación de zonas francas es que de otra manera esa actividad sería realizada en otro país, lo que realmente no es muy diferente a que se haga en régimen de zona franca.

Hoy cuando se plantea incrementar la producción de pasta de celulosa en régimen de zona franca y cuando se habla de autorizar ese régimen para un emprendimiento que procesaría pescado, cabe preguntarse porque se deben de otorgar esos beneficios en el procesamiento de productos en los que tenemos disponibilidad local y evidentes ventajas comparativas.

Aquí es válida la pregunta en mi columna de agosto (1):
¿Que sucedería si los frigoríficos se establecieran como zonas francas?
Y agrego ahora:   
¿Cómo se podría justificar eso?
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(1)  ( http://eltelescopio.com.uy/la-pasta-base-de-la-economia/ ) :