31 de agosto de 2013

¿A quien le sirve la MEGAMINERIA?


El próximo martes en Diputados se votará el proyecto de ley para regular la minería de gran porte.
Esta semana el Sr. Presidente en su audición radial puso el peso de la oposición a la minería en los ganaderos que quieren pagar sueldos de hambre, además de los ambientalistas preocupados por la naturaleza.
Igualmente entre los partidarios de la Minería de Minerales Metálicos hay seguramente quienes legítimamente consideran que la minería de gran porte servirá para diversificar la matriz exportadora y mejorar la situación de la población, y otros que solo apuestan a extraer lo mas rápido posible la mayor cantidad de minerales para venderlos sin procesamiento.

A estos últimos los favorecen varios de los artículos del proyecto de ley que se votará el martes, que no establece control alguno sobre los volúmenes de mineral a extraer ni controla la concentración de los minerales que se vendan.

Si bien en titulares el proyecto podría significar un avance, al generar un fondo intergeneracional, crear un impuesto específico y regular sobre el plan de cierre; al leerlo en detalle se hace evidente que incluye limitaciones al control impositivo a las empresas mineras, regulando la definición de los conjuntos o grupos económicos y eso limita la eficacia del fondo intergeneracional.
Por otra parte, al no regular las tasas de extracción, que quedan libradas a cuanto pueda sacar la empresa, se elimina todo vestigio de sostenibilidad y al no incluir controles sobre la calidad del mineral extraído o exportado se favorece la defraudación impositiva.(1)
El Sr. Presidente propuso que se discuta que se hará con el dinero que por impuestos se recaude de la extracción de hierro a lo que cabe preguntarse si dejará algo, y si deja, ¿Cuanto?.

Veamos, si se aprueba la ley la empresa deberá pagar el canon de 5% sobre el valor FOB. Además deberá pagar, como toda empresa, el IRAE (25% sobre la renta) y el adicional con escala progresiva que crea esta ley, del que deduce el canon.

Claro que cuando llegue el momento de pagar, la empresa deducirá de los impuestos los 3000 millones de inversión previa y, si aceptamos sus números de prensa, también los 200 millones que dicen haber gastado en las etapas previas del proyecto y los estudios ambientales.

Vendiendo 18 millones de toneladas anuales con un precio puesto en China hoy de U$S128 la tonelada, se descuenta el flete y el seguro resultando un precio FOB de U$S 100 (2) sobre el que pagará por canon 5% (U$S 5). De eso 3 dólares van para el estado y 2 a los superficiarios

Los demás impuestos son sobre la renta que declare la empresa, y teniendo en cuenta que el costo de extracción calculado a U$S 42 por tonelada, deja una renta de 58 dólares por tonelada, en este caso 58% del precio de venta.

Sobre esa renta la empresa debería pagar por el IRAE y su adicional U$S 25.28.  ( U$S 14.50 por IRAE y U$S 10.78 por el adicional minero, descontando el canon ).
Así el estado recibiría entonces por impuestos y canon 30 dólares por tonelada. (3)

En 18 millones de toneladas que se propone exportar, eso suma U$S 540 millones al año, pero deduciendo los costos de instalación no se pagará nada se IRAE por mas de 6 años en una explotación prevista para solo 12.
Solo estará disponible EN LOS PRIMEROS 7 AÑOS el canon de U$S 5 por tonelada, unos U$S 90 millones al año, de los que U$S 54 millones son para el estado.

¿DE QUE DINERO QUIERE QUE SE DISCUTA EL SR. PRESIDENTE?
Claro que la empresa después de "pagar" sus impuestos se embolsará anualmente casi 500 millones de dólares y habrá descontado otros 450.

¿A QUIEN LE SIRVE LA EXPLOTACIÓN DEL HIERRO EN ESAS CONDICIONES???


(1) El 28 de agosto Uruguay exportó 51,294 Kg de "Oro no monetario de producción nacional" por un valor de U$S 1.374.072,65; son 1654 onzas a U$S 830 la onza cuando el precio internacional es de mas de U$S 1290. Operación documentada en Aduanas con el documento DUA  002- 2013- 551935.
(2) Flete a China U$S 23 por tonelada y segura U$S  5 por tonelada (Estimativo en base a costos Brasil)
(3) El IRAE es 25% de la renta (U$S58/4) y el adicional se calcula para este caso como (0.58 *  0.9 - 25) * 100 = 27.2% de la renta.

22 de agosto de 2013

Se confirma, ARATIRI 12 años.

¿Que son 12, 15, 20 o aún 30 años en la vidad e un país?

¿Porque razón se debe permitir la depredación de los minerales para exportarlos sin procesamiento?



hoy el semanario Búsqueda confirma se autorizará a Aratirí a extraer anualmente 55 millones de toneladas agotando la reserva de hierro de 600 millones en solo 12 años.

También vuelve a repetir las afirmaciones de prensa de la empresa de que sus mediciones cumplen con las normas JORC lo que se desmiente simplemente al ver los informes presentados por Minera Aratirí SA y las normas que para la generación de esos informes están disponibles en el sitio de esa organización. ( www.jorc.org ).
Seguramente autorizar un proceso extractivo dejando librada la tasa de extracción a la voracidad empresarial, es la idea de algunos para una minería sustentable y que la actividad minera sirva como palanca para el desarrollo, exportando roca molida con hierro sin ningún procesamiento ni valor agregado nacional. Así nos aseguramos que dentro de 15 años o menos deberemos hacernos cargo de varios cientos de trabajadores desocupados a los que se forzará a la emigración para que puedan seguir desarrollando su actividad 



Mientras tanto esta tarde la Comisión de Diputados decidirá si continua la discusión del proyecto de ley MEGA minera en la Asamblea General o aprueba el proyecto como volvió del Senado.
Si se aprueba como está, se habrá consagrado la limitación al control impositivo de las empresas mineras, al redefinir específicamente para ellas los "Conjuntos económicos" posibilitando así la defraudación fiscal. También se dejará abierta a la discrecionalidad de los contratos la adjudicacón de exoneraciones impositivas específicas para las MEGAmineras y se permitirá exclusivamente a las empresas MEGAmineras la deducción del IRAE de todos los costos previos al comienzo de la extracción de minerales.
Los diputados tienen la palabra.  

11 de agosto de 2013

Un "Beach Comber" en Montevideo

Algunos recordarán el término "Bichicome" hoy ya casi en desuso y politicamente incorrecto. En los Estados Unidos se le llama Beach Comber "El que peina la playa" a aquellos que buscan cosas en las playas para vivir.
Hoy decidí hacerme Beach Comber por un rato en la vieja playa Capurro, lugar de moda hace un siglo y hoy convertido en un basurero de la bahía de Montevideo.

Más allá de la basura, entre la que había hasta una botella de agua mineral china, lo bueno que esa área aún sirve de refugio a numerosas aves marinas. 

8 de agosto de 2013

Montevideo Minado

¿Como quedaría Montevideo si se hace en el una sola de las 5 minas que plantea abrir Aratirí?

El pozo de la mina, de 330 metros de profundidad iría desde la Plaza Fabini (Entrevero) hasta el Obelisco y desde el Palacio Legislativo hasta la calle Canelones. La pila de "esteril" (roca molida, arena y polvo) de 100 metros de alto ocuparía desde la vieja estació central de AFE al monumento a Batlle y desde el Palacio Legislativo hasta el parque del Prado.

5 de agosto de 2013

Carta abierta a los Senadores de mi país


Señoras y señores senadores,

en la sesión de mañana martes 6 de agosto, está previsto se trate en el Senado el proyecto de ley para regular la denominada “Minería de Gran Porte” de minerales metálicos.
Lejos de cualquier consideración ambientalista, y atendiendo a que toda sociedad debe hacer un uso racional de sus recursos, quiero llevar a su atención que este proyecto carece de cualquier forma de atender a la sustentabilidad y el desarrollo de cadenas de valor a partir de la extracción de minerales.
Ello porque la ley  deja en manos de la empresas mineras decidir por si y ante si los volúmenes a extraer, renunciando el estado, dueño de esos recursos, a cualquier forma de regulación que garantice trabajo y desarrollo en base a la actividad extractiva minera.
Con ello se limita la tan mentada diversificación de la matriz exportadora a una temporaria inclusión de minerales metálicos, sin ningún agregado de valor ni procesamiento nacional.
Por otra parte el proyecto establece limitaciones al contralor de la actividad minera, lo que posibilita la defraudación fiscal, como cuando en el Artículo 10 se redefine los conjuntos económicos especialmente para las empresas “megamineras”.
Para terminar, los artículos 39, 40 y 42 del proyecto, establecen injustas e injustificadas deducciones impositivas que favorecen exclusivamente a la Minería de Gran Porte. Incluso, en contrario al acuerdo multipartidario de 2011, en el IRAE.
Con esto se limita la eficacia de la única consideración hacia el futuro que se establece en el proyecto, el Fondo Soberano Intergeneracional de Inversión (FSII), que depende de esos impuestos.
Por lo expuesto, les solicito se revisen esos artículos y se los modifique a fin de que la actividad minera de gran porte pueda ser una que posibilite trabajo para muchas generaciones de uruguayos con verdadero desarrollo.
Agradeciendo su atención, los saludo de mi mayor consideración.
Raúl E. Viñas