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14 de agosto de 2015

Se vende Aratirí

¿Así queremos a Uruguay en 2035? 
Especulación con permisos estatales para actividades que debieran estar prohibidas en nuestro territorio.

Comunicado de Uruguay Libre


SE DESATÓ LA ESPECULACIÓN CON LOS TÍTULOS MINEROS DE ARATIRÍ

La prensa de hoy informa que un fondo de inversión de la India, Aurum Ventures, se mostró interesado en comprarle al dueño de Zamin Ferrous, Pramod Agarwal, los derechos mineros en el centro-este del país que forman parte del proyecto Aratirí.

Era previsible que Aratirí no concretaría su propuesta ante el fin de la coyuntura especulativa que provocó un alza extraordinaria del precio de los metales (la tonelada de hierro rondó los 190 dólares en 2011, hoy en día se encuentra a 52 dólares). El derrumbe del precio del hierro hace inviable económicamente ese proyecto a corto y mediano plazo.

El artículo 38 de la Ley de Minería de Gran Porte establece que en caso de no firmarse el contrato en el plazo fijado por la ley, “se procederá a inscribir las minas, áreas mineras y descubrimientos vinculados al proyecto en el Registro de Vacancias”.

La prórroga votada en el Parlamento el pasado 10 de febrero pasado, que fija el plazo para la negociación con Aratirí, vence el próximo 20 de noviembre y, si no se firma el contrato de inversión, la empresa debe entregar los títulos mineros del proyecto.

En esta situación, las mineras buscan retener los títulos – que no les resulta oneroso - a la espera de otra coyuntura favorable, tratan de revenderlos o se los compran a si mismas con otra firma. Este procedimiento viola disposiciones del Código de Minería que fijan los plazos y las superficies máximas que puede retener una empresa. La Dirección Nacional de Minería y Geología no lo fiscaliza y ha permitido que sea una práctica habitual.

La compra y venta de títulos mineros es propicia para acciones especulativas de diverso orden, inclusive el simple lavado de dinero de un fondo de inversión. Al alentar la especulación con nuestros recursos y privilegiar los intereses financieros, se sigue apostando a la posibilidad de realizar el proyecto de Aratirí o uno similar y se lesiona el desarrollo agropecuario del Uruguay.

Sea con Aratirí o con otra empresa, la minería metalífera a cielo abierto amenaza la integridad del territorio y de las culturas productivas del país por la destrucción definitiva del área de explotación y la grave afectación a los suelos y recursos hídricos. La única manera de evitarla es con una enmienda constitucional que prohíba esta actividad en todo el territorio nacional.

Ese es el objetivo de la campaña del Movimiento Uruguay Libre de Megaminería para que se realice un plebiscito nacional con esa finalidad. Las 100.000 papeletas firmadas hasta ahora muestran la preocupación de la población al respecto y seguiremos recogiendo firmas.

Uruguay Libre de Megaminería

28 de abril de 2014

Nada nuevo bajo el sol,.......ni bajo la tierra....

Los yacimientos de hierro de Valentines figuran en la bibliografia nacional desde hace casi 100 años.

En su propaganda y en su sitio web la empresa Minera Aratirí SA ha dicho repetidas veces que sus estudios han descubierto "la existencia de yacimientos 40 veces mayores" que los que se conocían anteriormente (1).

UBICACIÓN DE YACIMIENTOS.

En relación con ese tema, una entrevista al Profesor Jorge Bossi  publicada el 24 de abril en el semanario Búsqueda deja en claro que desde 1963 se conocía la estructura del mineral y una rápida revisión del libro "Reservas minerales del Uruguay"(2) nos muestra que además de los yacimientos de Valentines, también estaba perfectamente identificado el yacimiento de Las Palmas.

Incluso existe una total coincidencia entre las concentraciones de hierro identificadas y medidas en el siglo veinte, con las minas que propone explotar Aratirí, coincidencia que se evidencia también en los nombres propuestos para las minas.

La siguiente figura muestra la coincidencia en la ubicación y denominación de los yacimientos en los mapas de la zona de  Valentines correspondientes a 1959 y 2011.

Mas clara aún queda la "coincidencia" si superponemos al diagrama de Aratirí de 2011 las zonas estudiadas en 1959.

Respecto del yacimiento de "LAS PALMAS", ubicado hacia el norte, en Durazno, el mismo también estaba identificado y evaluado en 1959, a tal respecto dice el libro de Bossi (2) Página 55: 

"Para las reservas posibles se tomaron los datos superficiales obtenidos en 1959 para el I.G.U. (ALVARADO, 1959), pero reelaborados considerando que el mineral forma planos de pliegues. En estos casos no se conoce la estructura geológica de detalle, pero se conocen las medidas aproximadas de longitud y potencia. En este sentido los yacimientos Santa Rita y las Palmas resultan de posible valor económico."

VOLUMEN DE RESERVAS.

Los estudios reseñados en el libro de Bossi (2) hacen una clara división de las reservas probadas, probables y posibles, totalizando 30 millones de toneladas de hierro metálico (100% hierro). 

 Los datos presentados por Minera Aratirí SA en su presentación a la DINAMA (3) hablan de 600 millones de toneladas de "recurso", no reserva, con 28% de hierro. 

Eso equivale a 170 millones de toneladas de hierro metálico, medida que no llega a ser siquiera 6 veces mas de lo medido anteriormente y que está muy lejos de multiplicar por 40 los yacimientos conocidos, como engañosamente expresa la empresa en su propaganda.

Esa diferencia queda plenamente justificada porque las mediciones de Bossi se realizaron hasta los 200 metros, al considerarse entonces antieconómica la explotación a cielo abierto a profundidades mayores a los 150m, mientras que algunas de la mediciones de Aratirí llegaron a los 500 metros y se prevé la explotación hasta los 380 metros de profundidad.

Resulta así totalmente injustificada la afirmación de MINERA ARATIRÍ SA sobre que habría "descubierto" los yacimientos y que lo habría hecho en volúmenes 40 veces superiores a lo conocido previamente (1).

DERECHOS DE EXPLOTACIÓN.

Siendo así, cabe preguntarse cual sería la razón y como se puede justificar que se le permita a una empresa explotar yacimientos cuya existencia esta plenamente conocida por el estado y cuyo estudio corrió a cargo del propio estado, incluso con colaboración y apoyo de organismos internacionales como el PNUD.

Eso porque se ve claramente que en este caso no son aplicables los "Derechos de descubridor del yacimiento" del capítulo 5 del Código Minero (Artículos 24 al 27)  y que debiera aplicarse al yacimiento la disposición de Reserva Minera del Artículo 52 para el yacimiento.

PARA PENSAR:

Código Minero, Capítulo III, De la propiedad de los yacimientos.
Artículo 4º .- Todos los yacimientos minerales pertenecen a la Nación como propiedad imprescriptible e inalienable, salvo las excepciones comprendidas en la clase III del artículo precedente. Los yacimientos no conocidos aún, quedarán de hecho incorporados al patrimonio general de la Nación, al ser descubiertos.

¿Cómo era aquella frase que decía: "No venderé el rico patrimonio...............?


(1) https://www.aratiri.com.uy/docs/encarte-2012-enero/files/aratiri_encarte_enero.pdf (Página 3).

(2) BOSSI, J. y NAVARRO, R. 2001. Recursos Minerales del Uruguay; versión digital, 418 pp; Ed. Rojobona; ISBN 9974-39 –281-0; en CD  

(3) https://www.aratiri.com.uy/sustentabilidad/estudio-de-impacto-ambiental-y-social-proyecto-valentines-aratiri-2/ (Tomo 1, Capítulo 4, Página 3) 


27 de abril de 2014

Campos en Uruguay a $1,4 por año.

Cuando se habla de los cambios realizados a la legislación minera, es común escuchar que se han aumentado los costos y las exigencias a las empresas mineras.

Comenzando por las modificaciones realizadas al Código Minero en 2011, las del artículo 45 cambiaron los costos y la forma de calcular los pagos que debe realizar una empresa minera por los permisos de prospección y exploración.

Como resultado de esa modificación los montos que estaban expresados en N$ (Nuevos Pesos) se pasaron a UI (Unidades Indexadas). Además, con la modificación de los Artículos 87 y 94 y se aumentaron los plazos máximos de los permisos de 2 a 3 años, al igual que las prórrogas.

Con esos cambios los costos para las mineras han sido rebajados a la mitad de lo que serían si se aplicara la legislación previa. Para el caso de permisos de prospección, los costos son tan bajos como 1,4 pesos por hectárea al año, o 1400 pesos, 60 dólares, anuales por un campo de 1000 hectáreas.

Así es posible reservar para prospección hasta 200.000 hectáreas, una superficie superior a tres veces el departamento de Montevideo, por solo U$S 12000 anuales.




6 de febrero de 2013

Aratirí propone extraer de Uruguay 4 veces mas hierro que en Brasil.

 Pramod Agarwal
Zamin Ferrous "dueña" de Minera Artiri SA está en tratativas para la compra de una mina de hierro en el estado de Amapá (Brasil).

Ya desde los primeros días de enero la noticia ha estado en varios sitios de la web que difunden los comunicados de Minera Aratirí SA, o los que como www.mineria.com.uy comparten su servidor y persona responsable. Casualidad se podría decir. (www.whois.com)

Ahora que analizando la noticia y se ve que toda la "mega inversión" de Zamin será según Nasdaq de unos 100 millones de dólares, muy lejos de los 5000 millones que los comunicados empresariales intentan sean difundidos.

Igualmente, dejando de lado esos detalles, lo mas interesante de la compra por Zamin Ferrous (Aratirí) de la mina Zamapa es que el comunicado reconoce que la operación extraé 4.8 millones de toneladas anuales.

¿Porque en Uruguay se debe extraer el hierro a razón de 18 millones de toneladas anuales? Son casi 4 veces la producción de Zamapa.

El doble discurso de Aratirí

Mas allá de lo que la empresa y sus voceros puedan ofrecer como argumento, repitiendo en clara emulación de la técnica de Goebbels sus propios comunicados o la información que la empresa difunde como comunicados o "cuelga" en sus propios sitios web, lo cierto e irrefutables es que el informe oficial de Aratirí a la DINAMA dice que con esa tasa la "vida útil" del proyecto Valentines es de solo 12 años.

Al mismo tiempo que en su folletería la empresa dice que la operativa será por 20 años. De la misma manera, su informe oficial dice haber invertido U$S 60 millones, mientra su folletería hasta junio de 2012 decía U$S170 millones y en su último comunicado de la semana pasada decía U$S 200 millones. Una diferencia de 5 millones de dólares mensuales, cuando en el período junio-diciembre 2012 solo mantuvo 20 empleados y no realizó tareas de exploración ni prospección.

Cualquier relación entre esto y el Art. 38 del proyecto de ley para la minería de gran porte en que se propone permitirle a la empresa deducir de sus impuestos las sumas utilizadas para prospección, exploración y estudios ambientales, debe ser una coincidencia.

Tengamos claro que es entendible que la empresa busque maximizar su ganancia dentro de la espectativa de vida de sus dueños.

¿Cual debiera ser la postura de el Uruguay?

¿No debe el estado como dueño de los recursos minerales de la nación determinar la tasa de extracción?

¿Que son 12, 20 o aún 30 años en la vida de un país y de su gente?

Trabajando el yacimiento de Valentines a un volumen similar al de Zamapa, de cuya compra se ufana la empresa, habría extracción de hierro, trabajo y posiblemente alguna forma de industrialización por al menos 50 años.

La tasa de extracción de nuestros recursos minerales no puede ser determinada únicamente por la codicia empresarial.

La minería es una actividad humana válida, pero debe ser realizada en forma racional y responsable.