26 de marzo de 2019

La resolución "FANTASMA"

Por meses se dijo que la firma del convenio, contrato, acuerdo o rendición incondicional entre el Poder Ejecutivo y UPM por parte del secretario del Presidente de la República, su subsecretario y el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) el 7 de noviembre de 2017 se había realizado sin norma autorizante.

Recién 4 meses mas tarde en la memoria anual 2017 del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) que destaca como su mayor logro del año la firma del documento entre UPM y la República Oriental del Uruguay (ROU), aparece una mención a la resolución del Poder Ejecutivo 1052/17 como la que autoriza a esos funcionarios a firmar en nombre y representación de nuestro país el documento.

La mencionada resolución fechada el mismo 7 d enoviembre de 2017 nunca apareció publicada en la web de la Presidencia ni fue publicada en el diario oficial.


El 24 de junio de 2018 el portal Sudestada publicó la resolución:

https://www.sudestada.com.uy/articleId__c5e22909-85d6-43d2-8245-4d4f915c9f11/10893/Detalle-de-Noticia

El 13 de junio de 2018 la Resolución 1052 es citada en la resolución del Tribunal de Cuentas de la República que observa el contrato de compra de energía por parte de UTE a UPM:

www.tcr.gub.uy/archivos/resoluciones_25728_r2018-17-1-0002425.docx

Agrego aquí las imágenes de esa resolución:








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